VISA RELIGIOSA
Se otorgará a representantes de cualquier religión, no migrantes, cuando viajen a Venezuela en actividades de carácter religioso, diferentes al turismo. La Visa de Transeúnte Religioso se otorgará previa aprobación del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, con una vigencia de un (1) año, múltiples entradas, y permitirá permanecer en el país por un lapso de un año, prorrogable por igual término por el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz.
REQUISITOS
Este trámite se inicia EXCLUSIVAMENTE POR CORREO POSTAL. Para ello, el (la) interesado/a debe residir en cualquier Comunidad Autónoma de la circunscripción de esta Misión Consular y remitir a nuestra dirección Calle Eloy Gonzalo 40 – 28010 Madrid, los siguientes recaudos:
- Formulario de Solicitud de Visado debidamente completado en letra legible y sin tachadura.
- Dos(2) fotografías iguales, de frente, fondo blanco, recientes, tamaño carnet, sin lentes ni otros accesorios.
- Copia legible en Din A4 del DNI o Tarjeta de Residencia.
- Copia en Din A4 de las páginas del Pasaporte, donde aparecen sus datos personales. El pasaporte debe tener una vigencia superior a doce (12) meses.
- Originales de las solicitudes formuladas por el responsable de la Congregación (tanto la venezolana, como la española), indicando religión, culto o cualquier actividad afín que realizará en Venezuela el interesado, así como el tiempo de permanencia y la dirección de estadía.
- Original del Certificado de Antecedentes Penales, debidamente legalizado con la Apostilla de La Haya.
- Original del Certificado Médico Oficial Ordinario, debidamente legalizado por el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos de España (CGCOM) (véase el siguiente enlace: https://www.cgcom.es/certificadosmedicos) y con la Apostilla de La Haya.
- Tarjeta de vacunación contra la fiebre amarilla.
- Original del comprobante del depósito bancario de las tasas consulares correspondientes, las cuales ascienden a secenta euros (60,00 €).
- Número de Cuenta: ES91 – 0081-7307-0500-0157-7660
- Banco: Sabadell
- Titular: Consulado General de la República Bolivariana de Venezuela
- Incluir el nombre completo del interesado.
Una vez recibidos todos los recaudos correctamente, se solicitará la aprobación del visado por parte del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz.
Al recibir el beneplácito, esta Misión Consular se comunicará con el interesado a fin de que remita el pasaporte original para la elaboración y estampado del visado y le comunicará al interesado la fecha en la cual debe presentarse para retirar su pasaporte.
El tiempo requerido para realizar este trámite depende del volumen de solicitudes recibidas