CONSTANCIA DE NO HABER CONTRAIDO NUEVAS NUPCIAS

A través de declaración jurada, se deja constancia de que el ciudadano o ciudadana, luego de divorciarse o enviudar, no ha vuelto a contraer matrimonio.
 
Para tramitar  una constancia de no haber contraído nuevas nupcias en esta oficina consular, el interesado debe iniciar la solicitud en línea, completar el formulario del trámite y posteriormente elegir fecha para firmar y retirar el documento.
 

Es importante que anexe en el formulario los siguientes documentos escaneados:

  • Copia de la constancia de registro consular en este Consulado General.
  • Copia legible de la partida de nacimiento.
  • Copia del acta de matrimonio y de la sentencia de divorcio o acta de defunción venezolanas, según sea el caso.

Si falta alguno de los requisitos, la solicitud no podrá ser procesada.

Para proceder a la firma del documento, el día de su cita deberá presentar su cédula de identidad laminada (vigente o vencida) o su pasaporte venezolano y realizar el pago en taquilla de los aranceles consulares correspondientes, los cuales ascienden a sesenta euros (60,00 €).