Registro de matrimonio

Todo venezolano (a) que haya contraído matrimonio en alguna de las siguientes Comunidades Autónomas de España: Madrid, Castilla y León, Castilla La Mancha, Extremadura, Murcia o Andalucía, deberá remitir dentro de los seis meses siguientes de haberse celebrado el matrimonio, copia legalizada del acta de matrimonio para su inserción en los libros de la autoridad civil de la parroquia o municipio correspondientes en el territorio venezolano (Art. 92 y Art. 103 del Código Civil).

¿CÓMO EFECTUAR LA SOLICITUD?

Este trámite se hace EXCLUSIVAMENTE POR CORREO POSTAL. Para ello, debe enviar a nuestra dirección postal Calle de Eloy Gonzalo 40 – 28010 Madrid, los siguientes recaudos:

  1. Una carta solicitando el Registro del Matrimonio y sus datos de contacto, incluyendo número telefónico.
  2. Presentar debidamente cumplimentada, en letra legible y sin tachaduras, un (1) Planilla de Resgistro de Matrimonio
  3. Un  (1) ejemplar original del Acta de Matrimonio del Registro Civil español, debidamente legalizada con la Apostilla de La Haya (Ministerio de Justicia de España).
  4.  Dos (2) copias del Acta de Matrimonio del Registro Civil español, debidamente legalizado con la Apostilla de La Haya (Ministerio de Justicia de España).
  5.  Tres (3) copias legibles de la partida de nacimiento, pasaporte venezolano y cédula de identidad de los cónyuges (si ambos son venezolanos). En caso de que uno de los cónyuges posea otra nacionalidad distinta de la venezolana deberá presentar tres (3) fotocopias del pasaporte y de su partida de nacimiento.
  6. Si uno de los cónyuges es venezolano por naturalización deberá presentar tres (3) copias legibles de la resolución publicada en la Gaceta Oficial o de la Constancia de Naturalización expedida por el Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores, Justicia y Paz, Dirección Nacional de Identificación.
  7. Si uno de los cónyuges era divorciado, deberá presentar tres (3) copias legibles del acta del divorcio (si el divorcio se realizó fuera de Venezuela debe estar debidamente legalizado con la Apostilla de La Haya).
  8. Copia de la constancia de registro consular. Si no está inscrito, debe hacer ambos trámites en paralelo. Puede verificar los recaudos y procedimientos siguiendo este enlace: REGISTRO CONSULAR DE CARÁCTER GENERAL.
  9. Un sobre, tamaño Din A4, con las estampillas o sellos postales necesarios para un envío de hasta 200 grs, donde debe escribir su dirección personal como destinatario. Será utilizado por esta Misión Consular para remitirle la Constancia del Registro del Matrimonio.

ESTE TRÁMITE NO REQUIERE EL PAGO DE TASAS CONSULARES.

EN NINGÚN CASO REMITA SU PASAPORTE O DOCUMENTOS DE IDENTIDAD ORIGINALES. Envíe solo copias legibles y en los formularios no escriba la fecha.

Si no remite todos los recaudos, no se procesará el trámite y el material recibido será destruido.

TIEMPO DE ENTREGA:

El tiempo de entrega de este trámite depende del volumen de solicitudes que se estén procesando; como referencia, se estima en unos treinta (30) días. A esto hay que añadir el tiempo que tarde correos en la entrega de la solicitud inicial y del documento final.