Registro de Nacimiento

El Registro de Nacimiento se realiza exclusivamente a los hijos de venezolanos, nacidos en nuestra jurisdicción consular, que corresponde a las siguientes Comunidades Autónomas: Madrid, Castilla y León, Castilla La Mancha, Extremadura, Murcia, Andalucía, y las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla.

Mediante este acto se formaliza el registro de un ciudadano venezolano a fin de otorgarle al niño o niña la nacionalidad venezolana, de conformidad con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; que se hace efectivo con la emisión de su Partida de Nacimiento.

¿CÓMO EFECTUAR LA SOLICITUD?

Este trámite se solicita POR CORREO POSTAL. Para ello, debe enviar a nuestra dirección: Calle de Eloy Gonzalo 40, 28010 Madrid, los siguientes recaudos:

  1. Rellenar la planilla de solicitud de Registro de Nacimiento, en letra legible y sin tachadura.
  2. Un original de la certificación literal de nacimiento emitida por el Registro Civil español, debidamente legalizada con la Apostilla de la Haya (Ministerio de Justicia de España).
  3. Dos (2) copias legibles de la certificación literal de nacimiento apostillada.
  4. Los progenitores venezolanos deberán presentar tres (3) copias legibles de su partida de nacimiento, cédula de identidad, y del pasaporte venezolano (únicamente las páginas donde están sus datos personales y huella dactilar). En caso de que uno de los padres no tenga nacionalidad venezolana deberá presentar solamente tres (3) copias del pasaporte.
  5. Si los progenitores están casados, se deberá remitir tres (3) copias legibles del Acta de Matrimonio. En caso de divorcio o defunción de uno de los padres, se deberán remitir tres (3) copias legibles del Acta de Divorcio o Defunción.
  6. En caso de que uno de los padres sea venezolano por naturalización, deberá presentar tres (3) copias legibles de la resolución publicada en la Gaceta Oficial o la constancia de naturalización expedida por el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, Dirección Nacional de Identificación.
  7. Llenar a LÁPIZ el formulario de Estadística de Nacimiento.

Tome en cuenta que si no remite todos los recaudos, no se podrá realizar el trámite.

Una vez recibidos todos los recaudos correctamente, esta Misión Consular procederá a elaborar la respectiva Partida de Nacimiento y le comunicará al interesado la fecha en la que debe presentarse para firmar y retirar el documento. El tiempo requerido para realizar este trámite depende del volumen de solicitudes recibidas, como referencia, se estima en unos cuarenta y cinco(45) días.

ESTE TRÁMITE ESTÁ EXENTO DEL PAGO DE DERECHOS CONSULARES.

 

COPIA CERTIFICADA DE PARTIDA DE NACIMIENTO

Este trámite solo es posible para aquellos usuarios que registraron su nacimiento en esta Oficina Consular; se hace EXCLUSIVAMENTE POR CORREO POSTAL. Para ello, debe enviar a nuestra dirección: Calle de Eloy Gonzalo 40, 28010 Madrid, los siguientes recaudos:

  • Copia de la Partida de Nacimiento emitida en esta oficina consular.
  • Original del comprobante del depósito bancario de las tasas consulares correspondientes, las cuales ascienden a quince euros (15,00 €) por cada una de las copias que requiera.
    • Numero de Cuenta: 0081-7307-05-0001577660
    • Banco: Sabadell
    • Titular: Consulado General de la República Bolivariana de Venezuela
  • Un sobre, tamaño Din A4, con las estampillas o sellos postales necesarios para un envío de hasta 200 grs, donde debe escribir su dirección personal como destinatario, y que será utilizado por esta Misión Consular para remitirle las copias certificadas de la Partida de Nacimiento.

TIEMPO DE ENTREGA:

El tiempo de entrega de las copias certificadas de la Partida de Nacimiento depende del volumen de solicitudes que se estén procesando; como referencia, se estima en unos treinta (30) días, a esto hay que añadir el tiempo que tarde correos en la entrega de la solicitud inicial y del documento final.