SOLICITUD DE PODERES

En el Consulado, ofrecemos diferentes opciones para la emisión y gestión de poderes. A continuación, se detallan las opciones disponibles y sus respectivos procedimientos:

1️⃣ Poderes Especiales y Generales

  • Información sobre cómo tramitar un poder especial o general en esta Oficina Consular.
  • Procedimiento para la revocación de un poder.

2️⃣ Poder Especial para Apostillar Documentos en Venezuela

  • Modelo de poder especial exclusivo para que el apoderado pueda solicitar documentos públicos en Venezuela, legalizarlos y apostillarlos.

3️⃣ Copias Certificadas

  • Procedimiento para solicitar una copia certificada de un poder emitido por este Consulado.

Según la ley aprobatoria del Convenio de La Haya del 5 de octubre de 1961, publicada en la Gaceta Oficial N.º 36.446 el 5 de mayo de 1998 y en vigor desde el 15 de marzo de 1999, dicho convenio no se aplica a documentos emitidos por agentes diplomáticos y consulares. Esto significa que los poderes emitidos en los consulados o embajadas de Venezuela no pueden ser apostillados y solo son válidos dentro de la República Bolivariana de Venezuela

Para más información sobre requisitos y trámites, consulte los enlaces correspondientes.

OBSERVACIONES

  • En la actualidad debido al elevado número de solicitudes, el tiempo de espera para el tratamiento de los expedientes es de alrededor de 90 días.
  • No se emiten poderes donde el Padre, Madre o Tutor sede actuaciones inherentes a la Patria Potestad de un Niño, Niña o Adolescentes (NNA), esto se debe tramitar a través de los Tribunales de Protección de NNA en Venezuela.
  • Si lo desea, también puede tramitar el poder en una notaría española y posteriormente legalizarlo con la Apostilla de La Haya en el Colegio de Notarios. En este caso, no requiere pasar por el Consulado.
  • Para cualquier consulta remitir la misma a: tramites@consuladodevenezuelaenmadrid.com