DECLARACIÓN JURADA

Una declaración jurada es una manifestación personal, voluntaria y escrita, donde se asegura la veracidad de esa misma bajo juramento ante las autoridades consulares. Como consecuencia se presume como cierto lo señalado por el declarante hasta que se pueda acreditar lo contrario. 

La importancia de este documento es que la persona que declara adquiere una responsabilidad legal y debe contener hechos verdaderos. En el caso de que la manifestación personal sea sobre hechos o información no real, podría acarrear un delito ante la ley, es decir, la persona firmante podría ser acusada de perjurio y estaría sujeta a una sentencia por mentir bajo juramento.

Esta declaración viene a agilizar los trámites legales que necesitan la presentación de un documento que en ese momento no se ha podido obtener.

TIPOS DECLARACIONES JURADAS

Las declaraciones juradas se otorgan con diversos contenidos, según el propósito y el contexto, no obstante, esta declaración no deberá contener asuntos contrarios o expresamente prohibidos en la legislación venezolana.

A continuación, mencionamos algunos ejemplos de declaraciones que se pueden tramitar en esta Oficina Consular:

  • Ingresos económicos, típica del proceso en la solicitud de becas o ayudas sociales de cualquier tipo, ejemplo: Declaración Jurada de No haber sido Becado, Declara Jurada de no poseer ningún tipo de ingreso, pensión o ayuda desde Venezuela,  etc.
  • Estado civil, necesaria para contraer matrimonio, como la Carta de Soltería, Constancia de no haber contraído nuevas nupcias o para demostrar la continuidad de un matrimonio, etc.
  • Patrimonial, su finalidad es justificar los distintos bienes que componen el patrimonio del declarante, ejemplo: Declara Jurada de no poseer bienes, muebles o inmuebles en territorio venezolano.
  • Residencia, se emplea para indicar el domicilio en territorio nacional venezolano en los dos(2) últimos años (o en parte). Este documento lo piden las autoridades españolas cuando el contrayente venezolano tiene menos de dos(2) en España.
  • Naturaleza Diversa, hace referencia a las declaraciones que no están aquí reseñadas y cuyo texto debe ser remitido por el interesado para su evaluación. El contenido de una declaración jurada debe ser claro, conciso y preciso. Si no está seguro del contenido de su declaración jurada, busque el asesoramiento legal de un abogado para asegurarse de que cumpla con todos los estándares legales

PROCEDIMIENTO PARA TRAMITAR UNA DECLARACIÓN JURADA

Debe remitir un correo electrónico a la siguiente dirección:

tramites@consuladodevenezuelaenmadrid.com

colocando en el asunto DECLARACIÓN JURADA y en el contenido una breve descripción del propósito de la misma, debe adjuntar en formato PDF:

  1.  Copia de su cédula y pasaporte (solo hoja de datos), no importa si están vencidos.
  2. Copia de su padrón municipal actualizado, y
  3. Documento (en Word) con el texto de lo que desea declarar (opcional).

Una vez emitido la Declaración Jurada se le remitirá una cita por Correo Electrónico, para que acuda al consulado a revisar, firmar y retirar la misma. Este trámite tiene un costo en tasas consulares de sesenta (60) euros, que se abonarán el mismo día de la cita en efectivo.

El tiempo de espera dependerá exclusivamente del volumen de solicitudes recibidas, como referencia asuma al menos unos treinta(30) días.

DOCUMENTOS QUE NO PUEDEN SER DECLARACIONES JURADAS

No todo Documento es susceptibles de ser de ser autenticado bajo la modalidad de Declaración bajo fe de juramento, por ejemplo:

  • Certificados de Antecedentes Penales
  • Antecedentes policiales
  • Certificado de Nacimiento
  • Documentos de Identidad (cédula o pasaporte)
  • Documentos de Educación Básica y Media General
  • Documentos de Educación Universitaria
  • Registro de Información Fiscal, etc.

OBSERVACIONES

  1. La Oficina Consular no garantiza que la declaración Jurada será aceptada como buena y válida. Es responsabilidad del ciudadano consultar sobre su aceptación o no.
  2. En esta sección sólo se mencionan las Declaraciones Juradas más frecuentes. Cualquier otro tipo de Declaración será tomada atendiendo a la naturaleza de la misma.
  3. Para cualquier servicio, las oficinas consulares están autorizadas a incluir requisitos adicionales a los indicados en esta reseña.
  4. Las oficinas consulares tienen derecho a negarse a tomar declaración a un ciudadano si se duda de la utilidad de la declaración o si piensa que dicha declaración puede ser contrarias a las normas o leyes.
  5. Le recordamos que el consulado no puede regresar en ningún caso los abonos recibidos.