VISA PARA INVERSIONISTA
Se otorgará a personas que demuestren poseer empresas a través de documento fehaciente, así como que se han establecido los contactos y que la inversión ha sido aceptada por los organismos oficiales venezolanos correspondientes (Superintendencia de Inversiones Extranjeras, SIEX).
VIGENCIA DE LA VISA DE INVERSIONISTA
El visado de transeúnte inversionista se otorgará con una vigencia de tres (3) años, múltiples entradas, sin límite de permanencia. Vencido dicho plazo, el interesado podrá solicitar en el país prórroga hasta por dos (2) años adicionales y una vez vencido este último, podrá solicitar la condición de Residente, previo cumplimiento de los requisitos que establezca el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz.
REQUISITOS
Este trámite se hace EXCLUSIVAMENTE POR CORREO POSTAL. Para ello, el interesado debe remitir a nuestra dirección Calle Eloy Gonzalo 40 – 28010 Madrid, los siguientes recaudos:
- Planilla de solicitud de visa, complementada en letra legible y sin tachaduras.
- Pasaporte original, que debe tener por lo menos seis (6) meses de validez.
- Dos fotografías a color, recientes, tamaño carnet, fondo blanco y sin lentes.
- Original y copia del Certificado Médico Oficial Ordinario, debidamente legalizado por el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos de España (CGCOM) (véase el siguiente enlace: https://www.cgcom.es/certificadosmedicos).
- Original del comprobante de empadronamiento, que demuestre su residencia en cualquier Comunidad Autónoma de la circunscripción de esta Misión Consular.
- Documentos que acredite que posee una empresa.
- Registro de inversión ante la superintendencia de inversiones extranjeras (SIEX), en Venezuela.
- Original del comprobante del depósito bancario de las tasas consulares correspondientes, las cuales ascienden a sesenta euros (60,00 €).
- Número de Cuenta: ES91-0081-7307-05-0001577660
- Banco: Sabadell
- Titular: Consulado General de la República Bolivariana de Venezuela
- Incluir el nombre completo del interesado.
El tiempo de espera para tramitar un visado, depende del volumen de solicitudes. Existen circunstancias individuales que pueden variar el tiempo de espera en forma significativa, sobre todo cuando se requiere la aprobación por parte de algún Departamento externo. Por lo anterior, se recomienda hacer la solicitud al menos noventa (90) días antes del viaje.
La petición de visado puede ser rechazada por varias razones, entra las más comunes se encuentra la falta de documentación necesaria para completar la solicitud, respaldar su situación o justificar el propósito del viaje. También se puede negar por error en el tipo de visa solicitada, etc.
Si se le niega una visa no se le devolverá las tasas consulares.