Registro Consular

Si usted es ciudadana o ciudadano venezolano y reside en alguna de las siguientes Comunidades Autónomas españolas: Madrid, Castilla y León, Castilla La Mancha, Extremadura, Murcia o Andalucía, debe registrarse en el Consulado General de la República Bolivariana de Venezuela en Madrid, con el fin de poder prestarle asistencia en cualquier momento que usted lo requiera. Este registro tiene un carácter general, es estrictamente confidencial y solo se expide a fin de ser presentado ante las autoridades consulares venezolanas.

El Registro Consular es un requisito imprescindible para cualquier otro trámite.

Este Registro Consular no suple al Registro Electoral y es INDIVIDUAL.

En caso de requerir un Registro Consular para las autoridades españolas, debe tramitar un CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN CONSULAR.

¿CÓMO EFECTUAR EL REGISTRO CONSULAR DE CARÁCTER GENERAL?

La persona interesada debe residir en cualquier Comunidad Autónoma de la circunscripción de esta Misión Consular y realizar el trámite completando en línea el formulario de Registro Consular.

Para ello,  es indispensable que el solicitante adjunte en el formulario de registro,  los siguientes recaudos, en formato PDF y con una resolución máxima de 300 ppp:

  1. Copia legible de la Cédula de Identidad (si la tiene).
  2. Copia legible de las siguientes páginas del pasaporte venezolano:
    • Las páginas donde se encuentren sus datos personales.
    • La página donde se encuentra la visa española vigente (si la hubiera).
  3. En el caso de niños, niñas o adolescentes, copia de la partida de nacimiento y cédula de ambos padres (cuando corresponda) o del pasaporte (cuando el progenitor no es venezolano, ni ha residido en Venezuela).
  4. En el caso de venezolanos nacidos fuera del país, copia de su partida de nacimiento.
  5. En el caso de naturalizados, copia de la Gaceta Oficial (primera página donde aparece el número y la fecha de la misma, y la página donde aparece el interesado) o copia de la Constancia de Naturalización.
  6. Copia de DNI o Tarjeta de Residencia, por ambas caras (si la tiene).
  7. Copia del volante de empadronamiento actualizado (no mayor a tres meses de emisión).

OBSERVACIONES:

  • Esta constancia se EXPIDE A FIN DE SER PRESENTADA ANTE LAS AUTORIDADES CONSULARES VENEZOLANAS, POR LO QUE NO LLEVARÁ SELLO HÚMEDO.
  • Los registros consulares tramitados a partir de noviembre de 2012, no vencen. Solo es necesario actualizarlos si existe un cambio en sus datos registrados: dirección, teléfono, correo electrónico, estado migratorio, estado civil, etc.
  • Este trámite NO REQUIERE EL PAGO DE TASAS CONSULARES.
  • Este trámite es INDIVIDUAL, por consiguiente NO SE ACEPTARÁN COPIAS DE MÁS DE UN CIUDADANO EN UN SOLO DOCUMENTO

¿CÓMO EFECTUAR LA ACTUALIZACIÓN DEL REGISTRO CONSULAR DE CARÁCTER GENERAL?

Este trámite se realiza a través del siguiente enlace Actualización de  Registro Consular  para ello, la persona interesada debe residir en cualquier Comunidad Autónoma de la circunscripción de esta Misión Consular y completar el formulario de actualización datos.